En el Fonasa el seguro catastrófico bonifica el 100% de la hospitalización, exámenes, procedimientos y todas las prestaciones asociadas a las intervenciones quirúrgicas expresamente indicadas en dicho seguro. En las isapres, la Cobertura Adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC) es un beneficio adicional al plan de salud otorgado por algunas isapres , que permite financiar, cumplidos ciertos requisitos, hasta en un 100% de los gastos derivados de atenciones de alto costo, tanto hospitalarias como algunas ambulatorias, realizadas en el país.
Este Beneficio Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC) aumenta la cobertura que otorga al afiliado su plan de salud complementario para las prestaciones hospitalarias, así como también para algunas prestaciones ambulatorias que expresamente se indican en las condiciones del beneficio adicional.
Cuando la prestación otorgada a un paciente por un prestador público o privado, institucional o individual no requiere hacer uso de un día cama. Para los afiliados al Fonasa, el monto o porcentaje de cobertura que le corresponda dependerá de si es otorgado en modalidad institucional (por prestador público) o por libre elección (prestador privado) en este último caso se calcula la cobertura con el arancel del Fonasa para modalidad de libre elección. Para los afiliados a las isapres, el monto o porcentaje de cobertura que le corresponda será el que establece el plan de salud del beneficiario aplicado sobre el valor de la prestación y aplicando los topes indicados en el referido plan de salud.
No, las Garantías Explícitas en Salud (GES) son obligatorias por ley tanto para los afiliados como para las isapres y el Fonasa. Por lo tanto, deben ser incorporadas a todos los contratos de salud de los cotizantes de las Isapres.
Sólo tendrá la cobertura de su Plan Complementario, quedando excluido de la CAEC y de la GES CAEC.
Fuente: Minsal